Ministerio Público apelará fallo de no culpabilidad a favor de pediatras.

La Fiscal del Ministerio Público para el departamento de Estelí, Yelena Shion anunció hoy que apelará el fallo de no culpabilidad a favor de los pediatras Cristian Berríos y Lesbia Xiomara Guillén emitido por la Juez del Juzgado segundo Local Penal, Verónica Fiallos.

Los dos especialistas en pediatría Cristian Berríos y Lesbia Xiomara Guillén fueron declarados no culpables la noche del martes al no quedar demostrado el delito de homicidio imprudente en perjuicio de la niña Sherling Stéfani Ruiz Pastora de 13 meses de la comunidad La cidra, municipio de Darío Departamento de Matagalpa de donde el 19 de diciembre después de ser atendida en el hospital Pedro Altamirano de La Trinidad fue trasladada al hospital San Juan de Dios donde tres horas después murió por una reacción alérgica medicamentosa, causa que tampoco se demostró.

A pesar de que la Juez los declaró no culpables porque de acuerdo a especialistas en la materia manejaron correctamente el caso de la niña, la Fiscal del Ministerio Público afirma lo contrario aduciendo que violentaron

Agregó que para revisar el caso de muerte de la niña se reunieron siete sesiones con cinco especialistas de la Junta Médica que durante el juicio defendieron sus dictámenes legales y científicos.

Como diligencia también se practicó una preba toxicológica y una autopsia la que determinó las causas de la muerte de la niña, el medicamento que se le suministró y el que no se le aplicó.

La fiscal departamental Yelena Shion también informó que se auxiliaron de un expediente clínico que registra la actuación de los médicos generales y especialistas así como de las enfermeras que asistieron a la niña Sherling Stéfani Ruiz Pastora.

Es así que se valoró también el trabajo del médico de base encargado de la toma de decisiones, el que evalúa al paciente y el que decide el tipo de tratamiento a aplicar y que no se puede suministrar.

Lamentablemente el resultado de este caso fue la muerte de la niña y por ello el Ministerio Público acusó a los pediatras Cristian Berrios y Lesbia Xiomara Guillén por el presunto delito de homicidio imprudente porque a criterio de la fiscal la actuación de éstos violentaron las normas elementales del cuidado establecidas por el Ministerio de Salud y normas internacionales al brindar un manejo inadecuado en la atención de la niña, si reconoce que no fue un hecho doloso ni pretende criminalizar la profesión de los médicos, sino acusar a un caso particular.

Así mismo dijo que el Ministerio Público mediante la presentación de pruebas lícitas acreditó la responsabilidad de los dos pediatras porque al momento que la niña sufrió una reacción adversa medicamentosa no aplicaron los fármacos indicados como antihistamínicos, bronco dilatorios y corticoides que podrían revertir la reacción alérgica medicamentosa.

La Fiscal del Ministerio Público, Yelena Shion informó que como Ministerio Público acreditaron la actuación individual de los médicos Lesbia Xiomara Guillén y Cristian Berrios.

En ese caso dijo que la doctora Lesbia Xiomara Guillén González en calidad de médico base debió aplicar los fármacos indicados y entubar a la menor y en el caso del doctor Cristian Munguía que asistió a la niña cuando estaba en la Unidad de Cuidados Intensivos no la entubó ni aplicó los fármacos solo el uso de un spray como bronco dilatador que facilitara la respiración de la niña.

Por todo ello es que el Ministerio Público se opone a fallo de no culpabilidad y una vez que revisen la sentencia para conocer el racionamiento lógico-jurídico y la fundamentación jurídica y probatoria aplicada por la Juez Verónica Fiallos para declarar no culpable a los dos pediatras estelianos y en base hacer uso del recurso de apelación para que los magistrados se pronuncien a favor o en contra.

En la acusación presentada por el Ministerio Público se menciona a la médico general Lisseth Castro y a dos enfermeras de ser las que después de recibir a la niña en la sala de emergencia sin ver la referencia le aplicaron una inyección que ya había sido aplicada del hospital Pedro Altamirano de La Trinidad, hecho que le causó la reacción alérgica medicamentosa pero pese a eso no fueron acusadas porque de acuerdo a las normas del MINSA y a la Jerarquía no tienen ninguna responsabilidad sino los de base.

Por ello se dictó una resolución fiscal que los exime de responsabilidad en la muerte de la niña Sherling Stéfani Ruiz Pastora, sostuvo la fiscal Yelena Shon la que dijo que tampoco se actuó contra el sistema de Salud porque el derecho penal persigue a las personas responsables de sus actos conforme a las normas del MINSA.
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