Un informe de la OEA acerca a Nicaragua a la suspensión del organismo

Un informe de una comisión diplomática de la Organización de Estados Americanos (OEA), publicado hoy, ha concluido que existe una "alteración del orden constitucional que afecta gravemente el orden democrático en Nicaragua", lo que acerca a Nicaragua a su expulsión.

En el documento, la comisión reconoce que sus gestiones con el Gobierno del presidente nicaragüense, Daniel Ortega, han sido "infructuosas" y, por ello, pide la convocatoria "inmediata" de una Asamblea General de la OEA, el foro supremo del organismo que reúne a los cancilleres del continente.

En esa reunión de carácter extraordinario, los titulares de Exteriores pueden optar por proponer la suspensión de Nicaragua, la mayor forma de sanción de la OEA, que, en 70 años de historia, solo ha usado en dos ocasiones: con Honduras, en 2009, después del golpe de Estado; y con Cuba tras el triunfo de la Revolución de Fidel Castro, en 1959.

 El informe señala que las violaciones a los derechos humanos y la situación prevalece en Nicaragua desde abril de 2018 y “conducen a una alteración del orden constitucional que afecta gravemente el orden democrático en los términos del artículo 20 de la Carta Democrática Interamericana.

Conclusiones y recomendaciones de la Comisión al Consejo Permanente de la OEA.

1.A partir del análisis de los trabajos realizados por la Comisión, de los testimonios recabados, de los insumos proporcionados por los diferentes actores en el proceso nicaragüense y de los informes de la CIDH queda en claro que Nicaragua vive una crítica situación en materia de derechos humanos que requiere la urgente atención de la comunidad interamericana e internacional en su conjunto.

2. La Comisión entiende que los mecanismos de control y subordinación que el Gobierno de Nicaragua ha venido desarrollando hacia los demás poderes del Estado, incluidos los poderes Legislativo, Judicial y el Consejo Supremo Electoral, entre otros, hacen inviable el funcionamiento democrático del país, transformándolo en un Estado cooptado e incompatible con el Estado de derecho.

3. Para el restablecimiento del sistema democrático en el país resultan imprescindibles y urgentes las necesarias reformas institucionales, comenzando por una reforma integral del sistema electoral que permita la celebración de elecciones justas, libres y transparentes en el país, con ajuste a los estándares interamericanos.

4. La falta de libertades en el país es grave, pues genera una situación crítica en lo que respecta a las libertades civiles y políticas, que deben ser restablecidas a fin de restablecer el Estado de derecho. El restablecimiento de las libertades en el país, como las cercenadas libertades civiles y políticas, resulta urgente. Ante ello, la Comisión insta al Estado de Nicaragua a actuar en consecuencia, particularmente en lo que respecta a la libertad de expresión, de reunión, de manifestación y el derecho a protestar.

5. La Comisión entiende que resulta imperativo generar en el país las condiciones que garanticen el cese de las violaciones a los derechos humanos, cerciorándose de que no se repitan y brindando justicia y reparación a las víctimas. Sin ello resultará imposible devolver la paz y la estabilidad que el país y los nicaragüenses merecen.

6.La Comisión observa que tales elementos esenciales de la democracia representativa como el respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales, así como la separación 12 e independencia de los poderes (artículo 3 de la Carta Democrática Interamericana) se encuentran ausentes en la actualidad en Nicaragua, vulnerando con ello el derecho a la democracia que tiene el pueblo nicaragüense y violando la obligación de promoverla y defenderla que tiene el Gobierno de Nicaragua (artículo 1 de la Carta Democrática Interamericana).

7. Las acciones que ha tomado o permitido el Gobierno de Nicaragua, lo que incluye las numerosas y graves violaciones de derechos humanos —documentadas por la CIDH, otras partes y que constan en los testimonios presentados a la Comisión— contravienen claramente la Constitución de ese país promulgada en 1987 y los principios fundamentales de democracia que afirma proteger.

8. Por consiguiente, a la luz del análisis de su labor, los testimonios recabados, los aportes de los diferentes actores involucrados en el proceso nicaragüense, y de conformidad con los estándares interamericanos, la Carta de la Organización de los Estados Americanos, la Carta Democrática Interamericana y otros instrumentos de derechos humanos, la Comisión opina que la grave y continua violación de derechos humanos, así como el abuso de poder por el Gobierno de Nicaragua contravienen su propia Constitución de 1987, lo que da lugar a una alteración del orden constitucional que afecta gravemente el orden democrático en Nicaragua, como se describe en el artículo 20 de la Carta Democrática Interamericana.

RECOMENDACIONES

1. En vista de la negativa del Gobierno de Nicaragua a colaborar con la Comisión, regresar a la mesa de diálogo y emprender cualquier medida que pueda restaurar los derechos humanos y la democracia en ese país, las gestiones diplomáticas de la Comisión han sido infructuosas. Aunado esto al testimonio e información recibida de diversos actores, lleva a la Comisión a recomendar al Consejo Permanente que, en el marco del artículo 20 de la Carta democrática Interamericana: i. haga suyas las conclusiones anteriores; ii. declare que hay una alteración del orden constitucional que afecta gravemente el orden democrático en Nicaragua; y iii. convoque inmediatamente un período extraordinario de sesiones de la Asamblea General para examinar esta cuestión.

2. Sobre la base de los testimonios recibidos, la Comisión considera que cualquier solución pacífica a la situación en Nicaragua debe incluir: . el fin de la represión;y la restauración de los derechos humanos, incluida la libertad de expresión, la libertad de reunión y libertad de prensa; y un sincero esfuerzo por todas las partes para volver a la mesa de diálogo.

3.La Comisión reitera la urgente necesidad del regreso al país de los mecanismos de derechos humanos, es decir, la CIDH y, en particular, el Mecanismo Especial de Seguimiento para Nicaragua (MESENI), así como los equipos de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH).

4. Por último, la Comisión toma nota del acuerdo firmado en 2017 entre el Gobierno de Nicaragua y la OEA cuya finalidad era iniciar un proceso de reforma electoral. La Comisión opina que debe darse prioridad a la aplicación de este acuerdo y que deben hacerse esfuerzos para explorar medidas que garanticen la independencia de las autoridades electorales, que permitan la observación electoral internacional y que garanticen el registro libre y transparente de partidos políticos.

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Un informe de la OEA acerca a Nicaragua a la suspensión del organismo Un informe de la OEA acerca a Nicaragua a la suspensión del organismo Reviewed by RVN on 11/19/2019 05:10:00 p. m. Rating: 5

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