Asamblea de Nicaragua aprueba con 69 votos la Ley del “perdón”.

Con 69 votos a favor 15 en contra el Plenario de la Asamblea Nacional aprobó esta mañana la Ley de Atención Integral a Víctimas producto de la violencia .

La Asamblea Nacional aprobó este miércoles la Ley del “perdón” o de amnistía  la cual no habla de justicia, ni menciona la obligación del Estado a investigar cada una de las muertes en el contexto de la represión a las protestas. Tampoco se hace referencia a las figuras legales para la liberación de todos los presos políticos, como habían anunciado funcionarios y era la expectativa de sectores opositores.

El gobierno de Ortega ofrece a las “víctimas y sus familiares” del “intento fallido de un golpe de Estado”, atención en salud, educación, viviendas, becas de estudios y entradas gratis a eventos deportivos y de recreación en espacios públicos.

Sobre los programas de vivienda, la ley dice que las instituciones encargadas priorizarán “las solicitudes de casos en el contexto de los hechos de violencia ocurridos a partir del 18 de abril de 2018”.

Además dice que el Estado garantizará que las víctimas y sus familiares tengan acceso “a las instituciones deportivos públicas, centros de recreación públicos y todos los espacios públicos de forma gratuita”.

Establece también que le corresponde a la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PPDDH) “organizar y actualizar el registro de víctimas, así como el seguimiento y monitoreo de la atención” en las instituciones.


Ley de atención Integral a víctimas

Artículo 1. Objeto

La presente Ley tiene como objeto establecer el marco jurídico que regule la atención y reparación integral a víctimas y sus familiares en el contexto de los hechos violencia ocurridos a partir del 18 de abril del 2018.

El Plan de Atención Integral a Víctimas elaborado por el Gobierno de la República forma parte íntegramente de la presente Ley y contiene los elementos fundamentales para ofrecer una respuesta de Estado a la problemática y necesidades de las víctimas y sus familiares, asegurando de forma articulada las acciones de los sectores que integran la admiración de justicia, la salud, la educación, el trabajo y la atención social, todo de acuerdo a las disponibilidades presupuestarias con que cuente el país.

Artículo 2. Acceso a Servicios y Programas del Gobierno. El Estado a través de sus instituciones públicas garantiza el acceso priorizado de las víctimas y sus familiares a servicios y programas de Gobierno en salud, educación, trabajo, emprendimiento, vivienda, ocio y recreación, que permita el desarrollo integral de estas personas.

1) Atención en Salud: El Ministerio de Salud garantiza el derecho a la salud a las víctimas y sus familiares en los diferentes niveles de atención médica, así como el seguimiento hasta su recuperación; de acuerdo a las normas, modelos, programas y lineamientos del Ministerio.

2) El Sistema Público de Salud prestará atención médica integral a las víctimas que incluye los siguientes componentes:
a) Atención médica primaria de salud mental;
b) Salud psicosocial
c) Atención a personas con discapacidad y;
d) Rehabilitación.

2) Atención en Educación: Las instituciones del Estado en materia educativa garantizarán la reinserción de las víctimas y sus familiares en el Sistema Educativo Nacional. Para tales, fines, las víctimas y sus familiares recibirán becas de estudio en los distintos niveles educativos del sector público.

3) Atención en lo Laboral y Emprendimiento: El Estado garantizará la reinserción de las víctimas y sus familiares en el ámbito laboral mediante la generación de empleo productivo y sostenible. Las instituciones del Estado encargadas del emprendimiento y la economía familiar fomentarán y darán prioridad en sus programas a víctimas y familiares en el contexto de los hechos de violencia ocurrido a partir del 18 de abril del 2018. El estado apoyará a las víctimas afectadas en la recuperación de sus medios de vida.

4) Programas de Vivienda: Las víctimas y sus familiares podrán optar a los programas de vivienda que tiene el Gobierno. Las instituciones encargas a nivel central, municipal regional priorizarán las solicitudes de casos en el contexto de los hechos de violencia ocurridos a partir del 18 de abril del 2018.

5) Ocio y Recreación: Las víctimas y sus familiares en el contexto de los hechos de violencia ocurridas a partir del 18 de abril del 2018 gozarán del derecho al ocio y recreación. El Estado garantizará que estas personas puedan acceder a las instalaciones deportivas, públicas, centros de recreación públicos y todos los espacios públicos de forma gratuita.

Artículo 3. Registro de Víctimas. Corresponde a la Procuraduría Para la Defensa de los Derechos Humanos organiza y actualizar el registro de las víctimas, así como el seguimiento y montero a la atención brindada por todas las instituciones involucradas conforme las facultades de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos.
Artículo 4. Implementación.

Las instituciones del Estado correspondientes acatarán de forma individual según sus competencias y de forma individual según sus competencias y de forma coordinada para la implementación de la represente Ley.

Artículo 5. Publicación y Vigencia. La presente Ley entrará en Vigencia a partir de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.



Asamblea de Nicaragua aprueba con 69 votos la Ley del “perdón”. Asamblea de Nicaragua aprueba con 69 votos la Ley del “perdón”. Reviewed by RVN on 5/29/2019 11:54:00 a. m. Rating: 5

2 comentarios

  1. Ley de imposición por aberración.

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  2. Juicio por crímenes de lesa humanidad a los responsables del Estado de Nicaragua tanto intelectuales como materiales. Adelanto de elecciones, quitar a los ortega-murillo, enjuiciarlos por ser los jefes de los policías regulares y los voluntarios. También por malversación de los fondos del estado, corrupción, a estos delincuentes, el daniel y la rosario.

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