El Parlamento de Nicaragua aprueba penas de cárcel para policías desertores y desobedientes

La Asamblea Nacional (Parlamento) de Nicaragua aprobó este miércoles por unanimidad enmiendas a la Constitución Política y a la Ley de la Policía Nacional, en la que eliminan la naturaleza "profesional, apolítica, apartidista, obediente y no deliberante" de esa institución, y sanciona con penas de cárcel a los oficiales desertores y desobedientes.


Las iniciativas, propuestas por los legisladores sandinistas que son mayoría absoluta en el Parlamento, fueron aprobadas con carácter urgente durante la sesión de este miércoles.


Primero fue reformado -en primera legislatura- el artículo 97 de la Constitución Política de Nicaragua, el cual establece el marco legal de las fuerzas de seguridad.


La enmienda, que debe ser aprobada en segunda legislatura para que entre en vigor, elimina el principio de que la institución del orden público es un cuerpo armado "profesional, apolítico, apartidista, obediente y no deliberante", así como "de naturaleza civil".


Además, subordina la Policía Nacional al Presidente de la República, en este caso al mandatario Daniel Ortega.


Actualmente, según la Constitución, la Policía Nacional, que dirige Francisco Díaz, consuegro de Ortega, se rige "en estricto apego a la Constitución Política, a la que guardará respeto y obediencia" y que "estará sometida a la autoridad civil que será ejercida por el Presidente de la República a través del ministerio correspondiente".


La enmienda constitucional establece que la Policía Nacional "depende de la autoridad ejercida por el Presidente de la República, en su carácter de Jefe Supremo y en estricto apego a la Constitución Política a la que guardará respeto y obediencia".


LA SANCIÓN A LOS DESERTORES


Los legisladores nicaragüenses también reformaron por unanimidad la Ley de Organización, Funciones, Carrera y Régimen Especial de Seguridad Social de la Policía Nacional, en la que incluye tres nuevos artículos para sancionar con penas de cárcel a los oficiales desertores y desobedientes.


Sobre la deserción, la ley reformada establece que "el personal policial que abandone el servicio, lo que se considera deserción, incurriendo en un perjuicio grave a la seguridad ciudadana, será sancionado con una pena de dos a tres años de prisión".


En cuanto a incumplimiento de deberes, se establece que "el personal policial que sin causa justificada desobedezca las órdenes de sus superiores, en perjuicio de la seguridad ciudadana, será sancionado con una pena de seis meses a dos años de prisión".


Esa reforma surge luego de que el abogado nicaragüense exiliado Yader Morazán reveló que la subcomisionada María de Jesús Guzmán Gutiérrez, jefa de bloque en el departamento de Matagalpa (norte), desertó de las filas policiales y se fue a Estados Unidos.


Junto a la oficial, según Morazán, un abogado experto en administración de justicia que da seguimiento a las deserciones de sandinistas en el Gobierno y en el Estado, viajó a Estados Unidos la militante sandinista Gabriela Alejandra Rayo Castro.


Rayo fue convocada como testigo en el juicio en contra del obispo de la diócesis de Matagalpa y administrador apostólico de la diócesis de Estelí, monseñor Rolando Álvarez, quien fue condenado en febrero a más de 26 años de prisión por "traición a la patria", tras negarse a ser expulsado a Estados Unidos junto con otros 222 opositores.


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