Parlamento de Nicaragua aprueba leyes que sustituyen la razón social de las universidades canceladas



La Asamblea Nacional de Nicaragua, bajo control oficialista, incluyó en agenda este lunes con «trámite de urgencia» las leyes que sustituyen la razón social de las universidades canceladas la semana pasada.

Las leyes han sido aprobadas en lo general con 90 votos a favor de un total 91 de diputados presentes, 75 miembros de la bancada del partido de gobierno.

La iniciativa de Ley Creadora de Universidad Nacional Politécnica (UNP), antes Universidad Politécnica (Upoli), detalla que se crea esta universidad «como un centro de educación superior del Estado, con personalidad jurídica, autonomía funcional, técnica, administrativa y financiera, patrimonio propio, duración indefinida y plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones, miembro del Consejo Nacional de Universidades (CNU), y que será sucesora legal sin solución de continuidad de la extinta Universidad Politécnica de Nicaragua (UPOLI)».

También la iniciativa de Ley Creadora de la Universidad Nacional Francisco Luis Espinoza Pineda, se crea «como un centro de educación superior del Estado, con personalidad jurídica, autonomía funcional, técnica, administrativa y financiera, patrimonio propio, duración indefinida y plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones, miembro del Consejo Nacional de Universidades (CNU), y que será sucesora legal sin solución de continuidad de la extinta Universidad Católica Agropecuaria del Trópico Seco, Presbítero Francisco Luis Espinoza Pineda – UCATSE, antes conocida como Escuela de Agricultura y Ganadería Francisco Luis Espinoza».


Patrimonio régimen económico y fiscalización 

El patrimonio de la Universidad Nacional Francisco Luis Espinoza Pineda estará constituido por los bienes de cualquier naturaleza derechos activos y obligaciones que a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley pertenecían a la extinta Universidad Católica agropecuaria del Trópico Seco presbítero Francisco Luis Espinoza Pineda.

Los recursos financieros que el estado le asigna a través del Consejo Nacional de Universidades(CNU)

Los demás bienes y recursos que adquiera por donaciones o cualquier título.

Los bienes y recursos que obtenga por la prestación de sus servicios. 

Los aportes donaciones o contribuciones que para fines específicos hagan las entidades públicas o privadas nacionales o extranjeras.

Los fondos y valores líquidos y los créditos activos.

Los bienes muebles e inmuebles que le asigne el estado y los demás que adquiere a título gratuito u oneroso.

Traspaso e inscripción de bienes la Universidad Nacional Francisco Espinoza Pineda.

Podrá solicitar libre de todo tributo la inscripción del traspaso de todos los bienes inmuebles, bienes tangibles e intangibles medios de transporte y semovientes que pertenecieron y se encuentra inscrito a nombre de la Universidad Católica agropecuaria del Trópico Seco,  para los efectos del traspaso a favor de la Universidad Nacional Francisco Luis Espinoza Pineda, por lo que se hace a los bienes inmuebles y derechos inscrito en los registros públicos de la propiedad inmueble y mercantil a favor de la Universidad Católica Agropecuaria del Trópico Seco, UCATSE, se deberá transferir bajo el veto de esta ley libre del pago de impuestos y de aranceles registrales mediante nota puesta al margen del asiento correspondiente, bastando la solicitud escrita dirigida al director del registro público de la propiedad inmueble y mercantil del departamento que corresponda, firmada por el rector de la universidad.


Ley Creadora de la Universidad Nacional Multidisciplinaria Ricardo Morales Avilés, establece que «será sucesora legal sin solución de continuidad de:

Asociación Universidad Hispanoamericana (UHISPAM).

Asociación Universidad Nicaragüense de Estudios Humanitarios (UNEH).

Universidad Paulo Freire (UPF).

 Universidad Popular de Nicaragua (Uponic).

La Universidad Nacional Multidisciplinaria Ricardo Morales Avilés, tendrá las atribuciones siguientes:

Ofrecer programas de pregrado grado y posgrado.
Ofrecer cursos libre en el ámbito de su competencia.
Realizar investigaciones científicas.
Emitir títulos universitarios autorizado por las autoridades competentes. 
Realizar cualquier otra función que le autorice el Consejo Nacional de Universidades 
de conformidad a su ámbito de competencia.
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